1) ¿Qué hace la función antisoborno en un Sistema de Gestión Antisoborno según la norma ISO 37001:2025?
La función antisoborno es la persona o grupo de personas con la autoridad y responsabilidad formal para supervisar, coordinar y mejorar el Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS) de la organización. Debe asegurarse de que el sistema cumpla con los requisitos de la norma, proporcionar asesoría, supervisar su implementación, evaluar su idoneidad y reportar su desempeño a la alta dirección y al órgano de gobierno.
2) ¿Quién o quiénes pueden ejercer la función antisoborno en una organización?
La función puede ser ejercida por una sola persona (a tiempo completo o parcial), un equipo interno especializado, un comité multidisciplinario o por un tercero externo debidamente supervisado. La decisión depende del tamaño, nivel de riesgo de soborno y recursos de la organización.
3) ¿Cuáles son las actividades que debe desarrollar cotidianamente en la organización?
4) ¿Cuáles son sus responsabilidades asumidas (accountability) como función de cumplimiento?
5) ¿Cuáles conocimientos debe tener y demostrar quien ejerce la función antisoborno?
6) ¿Cuáles habilidades debe tener y demostrar quien ejerce la función antisoborno?
7) ¿Cuándo debe declararse en conflicto de interés?
Debe declararse en conflicto de interés cuando la persona que ejerce la función antisoborno tenga intereses personales, familiares o profesionales que puedan influir, o parecer influir, en su imparcialidad para actuar en casos relacionados con el soborno o la operación del SGAS.
8) ¿Cuáles limitaciones tiene la función antisoborno para llevar a cabo auditorías internas al SGAS?
No puede auditar las partes del sistema que estén bajo su propia responsabilidad, como las actividades propias de la función antisoborno. Esto busca evitar sesgos y asegurar la objetividad de la auditoría.
9) ¿Cuáles limitaciones tiene la función antisoborno para investigar denuncias o reportes de posibles hechos de soborno?
No debe investigar directamente denuncias cuando tenga un conflicto de interés o esté involucrada en el proceso o actividad denunciada. En tales casos, debe garantizar que un tercero independiente y competente lleve a cabo la investigación, manteniendo la transparencia del proceso.
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