Fundamento Constitucional y Legal del Compliance en Colombia y Justificación de la Certificación bajo las Normas ISO 37001 e ISO 37301

03 julio, 2025

1. Introducción: El Artículo 209 como Fundamento del Compliance Público en Colombia

La Constitución Política de Colombia establece en su artículo 209 que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. Además, establece la obligación de que todas las autoridades administrativas coordinen sus actuaciones y ejerzan un control interno que garantice el cumplimiento de dichos fines.

Este artículo no es una declaración meramente programática, sino un mandato constitucional vinculante que da origen al concepto integral de ‘compliance’ o cumplimiento normativo en el sector público colombiano. Así, el cumplimiento no se limita a evitar sanciones penales o disciplinarias, sino que implica una gestión responsable, preventiva y ética que asegure la sujeción de la administración pública a la legalidad, la transparencia y el interés general.

2. Justificación Legal y Estratégica de la Certificación ISO 37001 e ISO 37301 en el Sector Público

2.1. Pertinencia Constitucional y Legal

Las normas ISO 37001 (Sistemas de Gestión Antisoborno) e ISO 37301 (Sistemas de Gestión de Compliance) proporcionan estructuras sistemáticas para garantizar que una entidad cumpla con sus obligaciones legales, éticas y reglamentarias. Su implementación es plenamente coherente con los principios del artículo 209 de la Constitución, y se articula con normas como la Ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), la Ley 2195 de 2022 y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

2.2. Ventajas Jurídicas y Administrativas

– Refuerzan la legalidad y la moralidad administrativa.
– Facilitan la prevención de actos de corrupción y faltas disciplinarias.
– Otorgan evidencia objetiva del compromiso institucional con el cumplimiento.
– Mejoran la defensa institucional ante eventuales investigaciones o controversias jurídicas.
– Permiten la trazabilidad, control y mejora continua de los procesos críticos.

2.3. Eficiencia y Eficacia Organizacional

La implementación de estas normas optimiza la gestión interna al definir responsabilidades, establecer controles, y evaluar periódicamente los riesgos asociados al incumplimiento. Esto permite anticiparse a problemas legales o reputacionales, reduciendo costos asociados a sanciones, demandas o ineficiencias operativas.

2.4. Transparencia y Confianza Ciudadana

La certificación externa bajo normas internacionales otorga mayor confianza a los ciudadanos, entes de control y organismos internacionales sobre la integridad de la gestión pública. Se convierte en un activo intangible de reputación institucional y en un mecanismo de rendición de cuentas transparente y verificable.

2.5. Compatibilidad con el Ordenamiento Colombiano

La adopción de normas ISO 37001 e ISO 37301 es totalmente compatible con el ordenamiento jurídico colombiano. No reemplazan las normas legales existentes, sino que las integran, sistematizan y fortalecen mediante modelos de gestión basados en evidencia, auditoría interna, mejora continua y participación de los grupos de interés.

3. Conclusión

El artículo 209 de la Constitución consagra una obligación permanente de cumplimiento ético, legal y funcional. En ese sentido, las normas ISO 37001 e ISO 37301 no son una moda administrativa, sino instrumentos técnicos que materializan ese mandato constitucional. Su adopción y certificación por parte de entidades públicas no solo es pertinente, sino estratégica, eficaz y jurídicamente sólida para construir una administración íntegra, responsable y orientada al interés general.

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