¿POR QUÉ Y CÓMO HACER LAS AUDITORÍAS INTERNAS DE MANERA REMOTA A LOS SISTEMAS DE GESTIÓN?

25 marzo, 2020

Una organización que ha logrado la certificación de uno o varios de sus Sistemas de Gestión con normas como ISO 9001, ISO 14001, OHSAS 18001, ISO 45001, ISO/IEC 27001, ISO 28000, ISO 28001, ISO 22000, ISO 39001, entre otras, no solo tiene el derecho de hacer uso de la certificación y las marcas del organismo certificador; sino que además tiene un compromiso con sus clientes, empleados y la sociedad de mejorar continuamente su desempeño.

La certificación del Sistema de Gestión se lleva a cabo siguiendo los requisitos de la norma internacional ISO/IEC 17021-1:2015, la cual es aplicada por el Organismo de Certificación. En esta norma se establece que el Organismo de Certificación debe suspender una certificación otorgada cuando el cliente certificado no permite la realización de las auditorías de seguimiento o de renovación con la periodicidad requerida (ver 9.6.5.2 de ISO/IEC 17021-1:2015).

En Colombia por ejemplo, ONAC (Organismo Nacional de Acreditación de Colombia) ha comunicado a los Organismos de Certificación que deben mantener su operación vigente, permitiendo en ciertos casos la realización de auditorías remotas a sus clientes.

En atención a esta condición, y con el ánimo de apoyarlos en el mantenimiento de sus Sistemas de Gestión y las certificaciones respectivas; CMD Certification les ofrece la realización de auditorías internas remotas para su organización, llevadas a cabo con auditores líderes en cada una de las normas, para que como resultado de estas auditorías puedan recibir información técnica y confiable para la mejora del desempeño del Sistema de Gestión y de paso, le pueda demostrar al Organismo de Certificación que su organización ha mantenido la operación de su Sistema de Gestión y puede en consecuencia mantener la certificación.

En concordancia con lo anterior, se pueden presentar dos casos para que se dé un proceso de Suspensión por parte de un Organismo de Certificación:

  1. Si su organización decide suspender su operación por motivos relacionados a la emergencia sanitaria. Es posible que el Organismo Certificador decida suspender la certificación, por no atender a la auditoría obligatoria (Seguimiento).
  2. Si su Organización solicita voluntariamente al Organismo Certificador la suspensión de la auditoría obligatoria.

Con alguna de estas dos opciones, se genera un historial de suspensión voluntario o por negarse a una auditoría de seguimiento.

Comuníquese con nosotros para apoyarle con sus auditorías internas de forma remota y que pueda continuar con su ciclo de certificación sin ningún inconveniente.

Mayor Información:
alejandra.martinez@cmdcertification.com – +57 304 584 3448

CMD Certification

Más allá de la norma: donde la verdad y la excelencia se unen.

Contáctenos

(+57) 300 219 2978

(+57) 304 584 3448

info@cmdcertification.com.co

Calle 95 # 48-40 Ofc. 301.
Bogotá Colombia


CMD Certification 2024 | Todos los derechos reservados. Web by IVW

×

Escríbenos

Chatea con uno de nuestros asesores.

×